1.- El afiliado contrata con una C.S el pago de una renta vitalicia mensual, fija en UF, a partir de una fecha futura, dejando en su cuenta individual de la AFP un saldo para una renta temporal, por el periodo que va entre la selección de esta modalidad y el inicio del pago de la renta vitalicia diferida. También puede ser contratada por los beneficiarios de pensión de un afiliado fallecido.
2.- Respecto de la renta vitalicia que incluye esta modalidad, se pueden contratar Condiciones Especiales de Cobertura.
3.- La renta vitalicia diferida no puede ser inferior al 50% del primer pago mensual de la renta temporal, ni tampoco superior al 100% de dicho primer pago. En caso de pensiones de sobrevivencia debe ser igual al 100% del primer pago de renta temporal.
4.- Las modalidades de renta vitalicia son: Inmediata, Diferida e Inmediata con Retiro Programado.
Ejemplo de pensión estimada en RV Diferida (sólo para efectos gráficos): - Pensionado: 66 años - Cónyuge: 63 años - Balance de su Cuenta Individual: 2.596 UF - Máxima Renta Temporal: 2 veces el monto de la Renta Vitalicia - Diferimiento: 3 años - Renta Vitalicia: 11,22 UF, Retiro Programado: 22,44 UF
Antes de seleccionar una modalidad de pensión, debes tener en consideración los siguientes temas:
Coordine una reunión y un asesor previsional podrá orientar su trámite de pensión y los diferentes tipos de pensión que existen actualmente.
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