1.- Es un contrato de carácter irrevocable donde una Compañía de Seguros de Vida (CSV) se obliga a pagar pensiones al causante y a los beneficiarios para toda la vida.
2.- Estos contratos se rigen bajo los Modelos de Pólizas (inmediata y diferida) y los adicionales con los que se pueden contratar, los cuales son desarrollados y depositados por la Comisión para el Mercado Financiero, con consulta a la Superintendencia de Pensiones.
3.- Se puede garantizar a los beneficiarios el pago íntegro de la pensión del causante u otro asegurado garantizado, por un periodo determinado.
4.- Las modalidades de renta vitalicia son: Inmediata, Diferida e Inmediata con Retiro Programado.
5.- La compañía se obliga al pago de una renta mensual, fija en UF, para toda la vida del afiliado y fallecido éste, a sus beneficiarios de pensión. Si la contratan los beneficiarios de un afiliado fallecido, la compañía se obliga al pago de una renta mensual, fija en UF, para toda la vida de los beneficiarios vitalicios y hasta los 24 años para los hijos no inválidos que se encuentren estudiando.
Antes de seleccionar una modalidad de pensión, debes tener en consideración los siguientes temas:
Coordine una reunión y un asesor previsional podrá orientar su trámite de pensión y los diferentes tipos de pensión que existen actualmente.
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