¿Qué es el Retiro Programado?

Retiro Programado.

1.- La AFP paga la pensión con cargo a la cuenta de capitalización individual del afiliado.

2.- El monto de la pensión se calcula y actualiza cada año en función del saldo de la cuenta individual, la rentabilidad de los fondos, la expectativa de vida del afiliado y/o la de sus beneficiarios y la tasa vigente de cálculo de los retiros programados.

3.- El monto de la pensión varía cada año, y normalmente disminuye con el tiempo.

4.- El afiliado mantiene la propiedad de sus fondos y puede cambiarse de AFP y de modalidad de pensión.

5.- Al fallecer, con el saldo remanente se continuará pagando pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios y si éstos no existen, los fondos que eventualmente quedaren se pagarán como herencia.


Contáctenos y solicita una reunión para analizar lo que más te conviene. Tú decides, nosotros te asesoramos.

Antes de seleccionar una modalidad de pensión, debes tener en consideración los siguientes temas:

  • Bono de Reconocimiento.
  • Beneficiarios Legales.
  • Lagunas Previsionales.
  • Tiempos de las patologías y baremo de invalidez.
  • Trabajo pesado, ley N° 19404.
  • Modalidades de Pensión y Beneficios del Pilar Solidario.
  • Compensación económica, acuerdo de unión civil.
  • Impuesto a la Renta & más...

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