1.- En esta modalidad se dividen los fondos que el afiliado tiene en su cuenta individual de la AFP y contrata simultáneamente una renta vitalicia inmediata y una pensión con Retiro Programado.
2.- Respecto de la Renta Vitalicia se pueden contratar Condiciones Especiales de Cobertura.
3.- Sólo podrán optar por esta modalidad aquellos afiliados que puedan obtener una renta vitalicia inmediata que sea igual o mayor que la pensión básica solidaria de vejez.
4.- El retiro programado puede cambiarse posteriormente a una renta vitalicia.
5.- Se puede optar por cualquiera de los fondos de la AFP, con aquella parte del saldo con la que se acoge a la modalidad de retiro programado cumpliendo con los requisitos legales del D.L. 3.500
Ejemplo de pensión estimada en RV Inmediata con Retiro Programado (sólo para efectos gráficos):
- Pensionado: 66 años
- Cónyuge: 63 años
- Balance de su Cuenta Individual: 2.596 UF
- Saldo destinado a Renta Vitalicia: 1.800 UF
- Saldo destinado a Retiro Programado: 796 UF
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Antes de seleccionar una modalidad de pensión, debes tener en consideración los siguientes temas:
Coordine una reunión y un asesor previsional podrá orientar su trámite de pensión y los diferentes tipos de pensión que existen actualmente.
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